| Subsecretaría de Urbanismo y Vivienda |
Subsecretario de Urbanismo y Vivienda
Arq. Marcelo GRISETTI
Asesores Subsecretario
Arq. Roberto Gabriel MINUET
Ing. Raúl Fernando MARQUET
Dr. Manuel José APARICIO
Director Provincial de Coordinación de Programas Habitacionales
Arq. Alberto Farías
Director Provincial de Ordenamiento Urbano y Territorial
Arq. Javier FERNANDEZ CASTRO
Subsecretario de Urbanismo y Vivienda
Arq. Marcelo GRISETTI
urbanismo@vivienda.mosp.gba.gov.ar
(0221) 429-4981
Director Provincial de Coordinación de Programas
Habitacionales
Arq. Alberto Farías
suvcoord@mosp.gba.gov.ar
(0221)429-4904
Coordinador PROMEBA
Arq. Eduardo Suriani
(0221) 429-5072
Coordinador Programa Federal “Villas y Asentamientos
Precarios”
Urb. Clarisa Betattis
suvurvias@mosp.gba.gov.ar
(0221) 429-4904
Subsecretaría de Urbanismo y Vivienda
Dirección Provincial de Coordinación de Programas Habitacionales
Dirección Provincial de Ordenamiento Urbano y Territorial
Subsecretaria de Urbanismo y Vivienda
Objetivos (Decreto 1092/05)
1. Articular políticas e instrumentar una estrategia para el desarrollo territorial y el ordenamiento urbano a nivel provincial, regional y local coordinando las relaciones con el Instituto de la Vivienda y con otras jurisdicciones provinciales y nacionales.
2. Proponer, programar, coordinar, ejecutar, y controlar la política habitacional de la Provincia de Buenos Aires.
3. Ejercer la autoridad de aplicación de la legislación urbanística, territorial y de vivienda, desarrollando propuestas de modificación, ampliación o interpretación en función de las necesidades de consolidar un marco normativo eficaz para conducir el proceso de urbanización de la provincia de Buenos Aires.
4. Diseñar, programar, ejecutar y controlar nuevos instrumentos de implementación de las políticas de desarrollo territorial, vivienda y urbanismo.
5. Instrumentar la estrategia de desarrollo territorial en el marco de los principios de integración, equilibrio y sustentabilidad del desarrollo de las regiones bonaerenses.
6. Coordinar, supervisar y controlar la instrumentación de la política de vivienda social y la aplicación de los fondos de la Ley Nacional 21.581 Fondo Nacional de la Vivienda (FONAVI).
7. Implantar y ejecutar a nivel provincial los planes y/o programas ad-hoc que a nivel federal defina el estado nacional.
8. Constituir y administrar el banco provincial de tierras a fin de favorecer la oferta de las mismas para proyectos urbanísticos y de vivienda social coordinando su intervención con los organismos provinciales con incumbencia en la materia.
9. Coordinar los programas y los proyectos propuestos acordes a los lineamientos de políticas y pautas metodológicas diseñadas.
10. Administrar sistemas de información diagnóstica para la planificación, seguimiento y monitoreo de la gestión territorial, urbana y de vivienda.
11. Realizar las gestiones necesarias para concertar las líneas de financiamiento destinadas a equipamientos y desarrollo urbano, territorial y habitacional.
12. Intervenir en las gestiones, desarrollo, aplicación, administración de fuentes de financiamientos alternativos destinado al desarrollo habitacional, urbanístico y territorial.
13. Generar ámbitos de participación entre sectores públicos y privados para la promoción de programas intersectoriales e interjurisdiccionales y la generación de políticas de consolidación del desarrollo urbano y territorial.
14. Promover y coordinar la celebración de acuerdos múltiples con fines de investigación y desarrollo, asistencia y cooperación técnica, capacitación de recursos humanos con o entre entes y organismos públicos y privados de orden municipal, provincial, nacional e internacional.
Dirección Provincial de Coordinación de Programas Habitacionales
Metas (Decreto 1092/05)
1. Planificar, coordinar, evaluar, supervisar y controlar la ejecución
de planes especiales de obras de vivienda que se establezcan de manera particular
es los planes de obra de la Provincia de Buenos Aires.
2. Administrar y coordinar la elaboración de estudios y proyectos de las obras de vivienda contempladas en los planes particulares aprobados por la provincia.
3. Administrar y supervisar la ejecución de las obras de vivienda de acuerdo a las leyes y normas aprobadas evaluando, elaborando, y elevando a los organismos correspondientes para su aprobación las modificaciones que surjan en los proyectos en ejecución ante problemas y alteraciones que estas exijan.
4. Planificar, coordinar, ejecutar y controlar las infraestructuras sociales básicas que complementen los proyectos de obra de vivienda.
5. Efectuar los análisis necesarios dentro del área de su competencia para el dictado de normas relacionadas con la contratación, construcción y conservación de las obras de vivienda.
6. Elaborar y presentar los planes de trabajo, calendario de ejecución y avance de los proyectos de obra de vivienda a ejecutar.
7. Efectuar el seguimiento de la construcción de las obras de vivienda, de conformidad con los calendarios de avance físico y financiero que se establezcan.
8. Arbitrar en cuestiones de controversia suscitadas en el ámbito de la ejecución de las obras de vivienda de la provincia.
9. Intervenir en las concesiones y licitaciones para la ejecución, adjudicación, arrendamiento y usufructo de las obras de vivienda, en las tareas de fiscalización, como así también en la confección y registro de contratos, confección de pliegos y legajos, evaluación de resultados de las etapas concluidas y final de obra.
10. Supervisar la actividad empresarial de ejecución de las obras de vivienda efectuando el control de calidad de las mismas dentro del ámbito de su competencia.
11. Asesorar, brindar asistencia técnica de proyecto y de ejecución a los municipios sobre temas de equipamiento urbano y social y de preservación histórico ambiental.
12. Promover convenios y/o programa de asistencia y colaboración con los municipios y/o entidades de bien público.
13. Preparar y efectuar el procedimiento administrativo y contable de los desembolsos que demande la ejecución de los proyectos de obra de vivienda.
14. Atender a las cuestiones que hacen a la administración financiera, patrimonial, de recursos humanos, y de apoyo administrativo y organizativo de su jurisdicción.
15. Intervenir en la organización del Consejo de Obras Públicas y en la Comisión de Clasificación del registro de Empresas Contratistas y de Consultoría relacionadas con ellas con arreglo a la legislación provincial vigente.
16. Proponer la designación de los integrantes de las comisiones técnicas conformadas para expedirse en adicionales de obra, reclamos de los contratistas y estudios de las propuestas realizadas en las licitaciones de obras.
Dirección Provincial de Ordenamiento Urbano y Territorial
Metas (Decreto 1092/05)
1. Intervenir en la planificación, programación, ejecución
y control del ordenamiento urbano y territorial coordinando acciones comunes
con las jurisdicciones que correspondan y con los municipios.
2. Elaborar análisis y estudios para el dictado de normas relacionadas con el ordenamiento urbano.
3. Asistir a la Subsecretaría en el diseño de políticas, estrategias y planes provinciales, regionales y locales de ordenamiento urbano y territorial, contribuyendo a la definición de un modelo territorial de la Provincia basados en los principios de integración, equilibrio y sustentabilidad.
4. Planificar, programar, proyectar y proponer los procesos de la gestión urbanística necesarios al ordenamiento urbano y territorial, coordinando acciones con el municipio de la Provincia de Buenos Aires.
5. Asesorar, planificar, promover, realizar y convalidar proyectos particularizados en materia de desarrollo urbano y efectuar el apoyo técnico, urbanístico, en especial respecto de viviendas de programas sociales.
6. Analizar, diagnosticar, diseñar estrategias y planes de desarrollo temático en forma conjunta con los municipios sobre el nuevo rol de las ciudades, como actores fundamentales del cambio tecnológico y económico.
7. Formular un diagnóstico considerando en especial la actualización del conocimiento del territorio provincial y municipal y la adaptación de los mecanismos de gestión urbana y regional.
8. Formular los lineamientos y elaborar las bases metodológicas que permitan orientar el ordenamiento del territorio, programar acciones urbanísticas y encausar gestiones de estudio y proyectos urbanos, en el marco de la normativa provincial y en coordinación con los organismos competentes e involucrados.
9. Asesorar y colaborar con los niveles de decisión, municipios, entes regionales y diferentes jurisdicciones del gobierno provincial en la resolución de conflicto promoviendo la adopción de criterios de desarrollo integrales y equilibrados del territorio.
10. Coordinar criterios y acciones comunes con organismos nacionales, provinciales y municipales, en los temas de su competencia.
11. Impulsar y coordinar estudios y tareas de investigación con universidades, centros de estudios, nacionales o extranjeros, incluyendo la participación en congresos relacionados con las actividades que hacen al ordenamiento urbano y territorial.
12. Propiciar capacitación y asistencia técnica mediante la canalización de líneas de financiamiento alternativo destinadas a la formación profesional especializada.
13. Impulsar, coordinar y asistir técnicamente al municipio en el desarrollo de iniciativas orientadas a la formulación de planes estratégicos y de desarrollo urbano.
14. Promover e impulsar la acción participativa de la comunidad a través de actores públicos, privados e instituciones intermedias vinculados a los procesos de planeamiento y gestión urbana y territorial.
Departamento
Sistema de Información Territorial |
| Misiones y Funciones: |
| Implementar
un Sistema de Información Territorial aplicado al ordenamiento
urbano y planificación territorial en el ámbito de la DPOUT
que: (a) Mantenga relaciones institucionales y gestione convenios con organismos públicos y privados para intercambio y cooperación técnica en las áreas de interés común, b) Desarrolle programas de investigación sobre métodos y técnicas de acopio de información y de correlación de variables, referidas a los aspectos físicos, socioeconómicos y legales-administrativos vinculados a la problemática urbana y territorial en el ámbito de los municipios de la provincia de Buenos Aires, (c) Produzca cartografía temática que, sobre el tema de su incumbencia, permita actuar como agente de articulación en los procesos de toma de decisiones, (d) Organice talleres de capacitación - asesoramiento sobre el tema de su incumbencia con las distintas áreas de interés común en la Subsecretaría de Urbanismo y Vivienda, y en general, con los municipios de la provincia de Buenos Aires. |
| Proyectos en curso (VER) |
| Contactos: |
| Dirección
Provincial de Ordenamiento Urbano y Territorrial Calle 7 Nº 678 – La Plata (1900) Tel. 0221-4252193 – 4252199 Correo: urbanismo@mosp.gba.gov.ar |
Gacetilla
Informativa |
CURSO introducción
a los SIG y su utilidad como herramienta de Gestión Territorial
|
| Este Curso forma parte de una
estrategia de fortalecimiento de las capacidades para planificar las ciudades
en el territorio bonaerense. Tiene como objetivos fundamentales: |
| ·
Aportar a la comprensión del lugar que ocupa el SIG como herramienta para
la gestión de la información y sus utilidades concretas en tareas de ordenamiento. |
| ·
Explicitar las potencialidades de los SIG factibles de implementar independientemente
de la instancia de avance y del volumen y carácter de la información que
posea cada municipio |
| ·
Entregar conocimientos básicos sobre Sistemas de Información Geográfica
e Interpretación de Imágenes satelitarias, como insumo para la comprensión
de la elaboración cartográfica en la Planificación y ordenamiento del
territorio. |
| ·
Aportar elementos para desarrollar trabajos orientados a elaborar capas
temáticas y bases de datos útiles para la implementación de nuevas políticas
territoriales que promuevan el desarrollo territorial. |
| Coorganizan: Subsecretaría de Urbanismo y Vivienda Instituto Provincial de la Administración Pública |
| A realizarse en la ciudad de
La Plata entre el 12 de Mayo y el 9 de Junio de 2006. Lugar a confirmar.
(El curso constará de 5 sesiones de viernes cada 7 días) |
| Dirigido a:
Funcionarios, Profesionales y Técnicos del Area de Planeamiento Urbano
y Territorial de los Municipios |
| Vacantes:
20 (una vacante por municipio). El orden prioridad para asignar las vacantes
respetará el orden de inscripción. |
| Cuerpo Docente:
Estará integrado por Profesores del Equipo SIT de la Dirección Provincial
de Ordenamiento Urbano y Territorial. |
| Contenidos:
El curso se organiza en 5 módulos de carácter teórico e instrumental (con
trabajo práctico en PC) y talleres referidos a la presentación de experiencias
aplicadas y discusión de situaciones problema. |
| Módulo 1 | INTRODUCCIÓN A LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN GEOGRAFICA |
| Módulo 2 | VISUALIZACIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN |
| Módulo 3 | CLASIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN Y CONSULTAS DE TABLAS |
| Módulo 4 | COMUNICACIÓN Y SEMIOLOGÍA CARTOGRÁFICA |
Módulo 5 |
POTENCIALIDADES DE LAS IMÁGENES SATELITALES Y LAS FOTOGRAFIAS AEREAS EN EL ORDENAMIENTO URBANO |
| Consultas: Teléfono: (0221) 425 2199 / 2193 E-mail: urba.planificacion@mosp.gba.gov.ar |